Documento de sesión

 

26.1.2011                                                                                                                B7‑0075/2011

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

tras la pregunta con solicitud de respuesta oral B7‑0006/2011

presentada de conformidad con el artículo 115, apartado 5, de su Reglamento

sobre la «Iniciativa Vacuna contra la Tuberculosis» (TBVI), aplicación práctica de la Estrategia Europa 2020 con el fin de contribuir a la realización del sexto ODM y a la eliminación de la tuberculosis para 2050

Louis Michel, Charles Goerens, Antonyia Parvanova, Frédérique Ries, Olle Schmidt

en nombre del Grupo ALDE

 

B7‑0075/2011

Resolución del Parlamento Europeo sobre la «Iniciativa Vacuna contra la Tuberculosis» (TBVI), aplicación práctica de la Estrategia Europa 2020 con el fin de contribuir a la realización del sexto ODM y a la eliminación de la tuberculosis para 2050

El Parlamento Europeo,

–   Vista la «Iniciativa Vacuna contra la Tuberculosis» (TBVI), organización independiente, sin fines de lucro y única organización paneuropea de este tipo, creada con apoyo de la Comisión, que contribuye al desarrollo urgente de nuevas vacunas y aporta su experiencia a una red europea integrada,

–   Visto que los Estados miembros y la UE han hecho inversiones masivas en investigación e innovación (Quinto, Sexto y Séptimo Programas de I+D) sobre la puesta a punto de vacunas contra la tuberculosis,

–   Vista la Estrategia de Lisboa destinada a establecer un espacio europeo de investigación e innovación, la Europa de la Innovación UE 2020 y la Iniciativa emblemática de Europa 2020 – Unión por la innovación,

–   Visto el programa «Alto a la tuberculosis» de la OMS, que se ha fijado como objetivo reducir, de aquí al año 2015, la prevalencia y la mortalidad en un 50 % con respecto a 1990, y eliminar la tuberculosis antes de 2050,

–   Vistos los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) de las Naciones Unidas, que prevén detener, para el año 2015, la propagación de la tuberculosis e invertir la tendencia en la incidencia de esta enfermedad,

–   Vistas las prioridades de la Unión Europea establecidas en diciembre de 2005 en el «Consenso europeo sobre la política de desarrollo»,

–   Vista la cumbre del G-8 de junio de 2007, así como el lanzamiento de la iniciativa «Providing for health», encaminada a desarrollar sistemas de financiación de la sanidad sostenibles, equitativos, favorables a los pobres y que ofrezcan una cobertura universal,

–   Vista la Comunicación de la Comisión de 2010 ( COM(2010)0128 ) dirigida a promover el papel de la Unión Europea en la salud mundial,

–   Vista la reunión del Fondo Mundial de Lucha contra el VIH/Sida, la Tuberculosis y la Malaria que se celebró en Nueva York en octubre de 2010,

–   Visto el informe de la OMS sobre vigilancia y respuesta en materia de tuberculosis multirresistente y ultrarresistente («Multidrug and extensively drug-resistant TB (M/XDR-TB): 2010 global report on surveillance and response. WHO/HTM/TB/2010.3») relativo a la preocupante aparición de cepas resistentes y muy resistentes a los tratamientos,

–   Vista la Declaración de Berlín del Foro Europeo de Ministros de la OMS sobre la Tuberculosis «All Against Tuberculosis» (EUR/07/5061622/5 WHO European Ministerial Forum 74415), de 22 de octubre de 2007,

–   Visto el Informe del EASAC (Consejo asesor científico de las academias europeas), que calcula que el coste del tratamiento de la tuberculosis en la Unión Europea supone por sí solo 2 000 millones de euros anuales (EASAC Policy report 10, March 2009 ISBN : 9789-0-85403-746-9),

–   Vista la Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de octubre de 2010, sobre los sistemas de cuidados sanitarios en el África subsahariana y la sanidad en el mundo ( 2010/2070(INI) ),

–   Vistos el artículo 115, apartado 5, y el artículo 110, apartado 2, del Reglamento,

A. Considerando que la Fundación TBVI se creó a raíz del éxito del proyecto TBVAC (2004-2009), programa marco financiado por la Unión Europea para hallar posibles nuevas vacunas contra la tuberculosis,

B.  Considerando que a cuatro años vista del plazo de consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), la incidencia de la tuberculosis en el mundo sigue siendo preocupante a pesar de los avances logrados,

C. Considerando que la tuberculosis sigue siendo unas de las principales causas de mortalidad en el mundo, pues provoca la muerte de casi dos millones de personas cada año, y que sigue siendo una amenaza para los ciudadanos europeos,

D. Considerando que el porcentaje mundial de éxito terapéutico alcanzó su más alto nivel en 2008, con un 87 %,

E.  Considerando que la tuberculosis es uno de los principales obstáculos al desarrollo, en el ámbito de la salud, en los países en desarrollo y que sigue siendo una amenaza mundial,

F.  Considerando que la epidemia multirresistente, por no decir ultrarresistente, plantea un grave problema,

G. Considerando que, en asociación con el VIH/sida, la tuberculosis es una enfermedad de la mayor gravedad,

H. Considerando que la tuberculosis es un ejemplo llamativo de las desigualdades entre los pueblos, ya que ha sido prácticamente eliminada en los países industrializados, en los que ahora, no obstante, se están apreciando signos preocupantes de su reaparición, en particular con cepas resistentes y multirresistentes,

I.   Considerando que hacen falta nuevas vacunas, ya que desde 1921 disponemos de un solo tipo de vacuna, el BCG, que no es lo suficientemente eficaz y que solo protege a los niños muy pequeños (tuberculosis pediátrica),

J.   Considerando que los tratamientos ya no son eficaces debido a que han desarrollado una gran resistencia, y que el método utilizado para diagnosticar la enfermedad sigue siendo el mismo que utilizaba Koch en 1882, que solo detecta el 50 % de las infecciones en el mejor de los casos,

K. Considerando que la tuberculosis provoca en África pérdidas económicas anuales que ascienden a 52 000 millones de dólares, según las estimaciones del Banco Mundial, mientras que en todo el mundo las pérdidas estimadas se cifran, de acuerdo con esa misma fuente, en el 0,52 % del PIB mundial,

L.  Considerando que la colaboración paneuropea TBVI ha logrado progresos fundamentales en la puesta a punto de nuevas vacunas eficaces contra la tuberculosis, y que estos conocimientos e innovaciones confirman el liderazgo de la Unión Europea en esta materia,

M. Considerando que estas innovaciones merecen recibir la financiación necesaria para generar valor añadido en la Unión Europea y en los países y continentes para los que la tuberculosis representa una pesada carga,

N. Considerando que el objetivo establecido es invertir el 3 % del PIB en investigación y desarrollo ( COM(2010)2020 y COM(2010)0546 ) a pesar de las limitaciones presupuestarias,

1.  Subraya que solo un programa de vacunación que incluya una campaña de vacunación a gran escala podría tener un efecto positivo para la realización prevista del sexto ODM después de 2015 y, sobre todo, en la eliminación de la tuberculosis antes de 2050;

2.  Opina que las vacunas son un instrumento de lucha fundamental, junto con mejores pruebas de detección y métodos diagnósticos y con tratamientos más eficaces, lo que implica una amplia reorientación de la investigación y, en último extremo, una financiación mayor y a largo plazo;

3.  Considera que la TBVI, puesta al servicio de las personas enfermas de tuberculosis en todo el mundo –en particular, en los países menos desarrollados–, está destinada a convertirse en una aplicación concreta de la Estrategia 2020 y podría consolidar así la independencia estratégica de la Unión Europea en la lucha contra la tuberculosis y otras enfermedades transmisibles;

4.  Pide con insistencia que se incremente la financiación internacional, pues la ayuda pública ya no es suficiente para atender a las necesidades y responder a los desafíos que surgen en los países en desarrollo;

5.  Subraya que la Comisión Europea sigue siendo el primer donante de ayuda pública para el desarrollo, con 49 000 millones de euros;

6.  Considera que hay una urgente necesidad de explorar formas innovadoras de financiación, como el establecimiento de una garantía financiera de los Estados miembros o de la Unión Europea que permita obtener fondos del Banco Europeo de Inversiones para la TBVI;

7.  Considera que la garantía financiera con reembolso previsible de la deuda creada representa un instrumento que reduce al máximo el riesgo financiero, apoyando al mismo tiempo la investigación y el desarrollo, y responsabiliza de la utilización de los fondos;

8.  Recuerda que todos los niños tienen derecho a beneficiarse de programas de vacunación e inmunización; recuerda, asimismo, que 8,8 millones de niños menores de cinco años (la mitad de ellos del África subsahariana) siguen muriendo cada año a causa de enfermedades que pueden prevenirse y curarse; subraya que el objetivo de la TBVI es desarrollar dos tipos de vacunas: vacunas destinadas a la primovacunación y vacunas de recuerdo para administrar a los niños;

9.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Estados miembros, a los responsables de la Fundación TBVI y a la OMS.